Justicia Nazi

Zhukov

09-01-2008

Justicia Nazi

**Im Namen des Deutschen Volkes

En nombre del Pueblo Alemán**

« No existe ninguna independencia de la ley respecto al nacionalsocialismo. En cada decisión que adopten, díganse a sí mismos: ¿cómo actuaría el Führer en mi lugar? En cada decisión, pregúntense: ¿Es compatible con la conciencia del pueblo alemán?»

Hans Frank, ministro de Justicia e impulsor del Volkergerichtshof.

Juez Roland Freisler

Roland Freisler, nació en Celle, Alemania el 3 de octubre de 1893 y muerto en Berlín el 3 de febrero de 1945.

Abogado, político nazi y Presidente del Tribunal Popular de la Alemania Nazi.

Nada más ganar las elecciones, Hitler dictó una orden en 1933 para expulsar de la Justicia a los funcionarios no afectos al régimen.

Muchos dejaron de ser jueces, pero el doctor Roland Freisler culminó su carrera con el ascenso a presidente del Volkergerichtshof, el Tribunal del Pueblo.

Freisler participó como representante del Ministerio de Justicia en la Conferencia de Wannsee, donde se decidió llevar a cabo la "Solución Final" del problema judío en Europa.

En agosto de 1942 es nombrado Presidente del Tribunal Popular.

Juicio a la Rosa Blanca

En febrero de 1943, Freisler dirigió los juicios contra los jóvenes estudiantes de Munich, quienes conformaban a la organización disidente la "Rosa Blanca", ordenando la ejecución sumaria de los hermanos Sophie y Hans Scholl, así como de los demás miembros de la organización.

Estas ejecuciones fueron llevadas a cabo de inmediato en la guillotina por exigencia directa de Freisler.

Luego del fallido atentado y golpe de estado contra Hitler del 20 de julio de 1944, fue el encargado de juzgar a los desafortunados miembros de la resistencia alemana anti-nazi quienes fueron humillados por el juez, entre ellos a: Witzleben, Hoepner, Hofacker, Goerdeler, Leber, Leuschner, Trott, Moltke, Schwanenfeld, y el reverendo Bonhoeffer.

El 3 de febrero de 1945 se encontraba juzgando en Berlín al Teniente Fabian von Schlabrendorff , mientras lo interrogaba le señaló que "lo mandaría directo al infierno", a lo que von Schlabrendorff le respondió que "con gusto le permitía irse adelante", antes que terminara la audiencia, se desató sobre la ciudad un repentino bombardeo de los aliados, el cual impidió evacuar la sala.

Teniente Fabian von Schlabrendorff

Luego del bombardeo, el Dr. Freisler fue encontrado debajo de una columna con el expediente de Schlabrendorff en la mano.

Fue el mayor bombardeo que sufriera Berlín en toda la guerra, mucha de la infraestructura del centro de la ciudad resultó destruida y se suspendieron los servicios de luz y agua.

Desde la calle PrinzAlbrechtrasse hasta la estación de tren Anhalter Bahnhof ardió totalmente en llamas.

El Juez que le siguió en la causa absolvió al militar alemán por falta de evidencias.

Sin embargo, fue internado en sucesivos campos de concentración, hasta ser liberado por los americanos en mayo de 1945.

Tras la guerra, von Schlabrendorff prosiguió su carrera de leyes, convirtiéndose en juez de la Tribunal Supremo Constitucional Alemán o "Bundesverfassungsgericht" de la República Federal de Alemania entre 1967 y 1975. Falleció en 1980.

Freisler fue enterrado en el mausoleo familiar de la manera más anónima, no se le rindieron funerales de estado por ordenes expresas de Hitler, muy probablemente por su antigua filiación comunista.

Sus hijos dejaron de utilizar el apellido luego de su muerte y su viuda siguió cobrando la pensión de viudez mucho tiempo después de haber concluido la guerra.

Los Juicios de Freisler

Su manera humillante de dirigirse a los encausados y la prohibición de usar cinturones ocasionó que los mismos nazis del entorno de Hitler lo rechazaran.

Mariscal de Campo Von Witzleben

La crueldad de Freisler queda patente en esta grabación del juicio al Mariscal de Campo Von Witzleben, uno de los responsable del atentado fallido contra Hitler, a quien no se le permitió asistir con dentadura postiza ni cinturón al juicio.

[youtube=425,350]CJAcRtwnMz8[/youtube]

Juzgado por el Volksgerichtshof el 8 de agosto de 1944, fue sentenciado a pena de muerte y ahorcado desnudo con una cuerda de piano ese mismo día, en la prisión de Plötzensee.

El acusado carecía del elemental derecho de libre designación de su abogado defensor, de suerte que el letrado inicialmente elegido por el imputado tenía que ser autorizado por el Presidente del Senate, ante el que el propio abogado debía rendir cuentas.

El escrito de acusación de la Fiscalía solamente se daba a conocer al acusado y a su abogado unas pocas horas o, todo lo más, un día antes del inicio de las sesiones del Juicio Oral.

Además, era frecuente prohibir todo contacto entre abogado y cliente antes de la Vista, de modo que éstos se conocían por primera vez en el mismo acto del juicio.

En los casos de traición y alta traición, el penado no tenía derecho a recibir una copia de la sentencia, sino únicamente a leerla bajo la vigilancia de un funcionario de la Administración de Justicia.

Era abrumadora la maestría de Freisler con los textos legales, su agilidad mental y por supuesto su fuerza verbal abrumadora, en consonancia con la línea del partido y su ideología correspondiente, de modo que el nacionalsocialismo hizo de él juez temido y personificación de la justicia de la sangre.

En esta filmación se puede ver el grado de acoso y cómo hostiga a los imputados, llegando a humillarlos.

[youtube=425,350]2pCvVW2NaxI[/youtube]

El acusado con anteojos es Eduard Brücklmeier (Junio 8 1903-Octubre 20 1944), diplomático Alemán y fuerte opositor en contra del regimen nazi.

Sirvió en Londres entre el 1935 y el 1936, donde hizo importantes conexiones con la resistencia, participó en el atentado a Hitler, por el que fue investigado, encarcelado en Praga.

Eduard Brücklmeier

Una semana despues del atentado su caso llego a manos del Volksgerichtshof en Septiembre 28-29, el 20 de octubre fue encontrado culpable,sentenciado y ejecutado en la prision de Plötzensee en Berlin.

Los Metodos del Tribunal del Pueblo

El "Volkergerichtshof" condenaba con extrema facilidad a la pena de muerte, que se imponía -por ejemplo- a quienes eran sorprendidos escuchando emisiones radiofónicas extranjeras, a quienes criticaban al Führer aún en círculos privados o a quienes manifestaran dudas acerca de la victoria final (Endsieg).

No obstante también es reseñable que estas penas se siguieron ejecutando incluso una vez finalizada la guerra, y que los funcionarios (jueces, fiscales, etc.) después del proceso de "desnazificación" en la mayoría de casos volvieron a sus puestos de trabajo.

En este sentido, es de destacar el famoso jurista y constitucionalista Theodor Maunz, que en los años 60 llegó a ser Ministro de Educación y Cultura en el Gobierno bávaro, proponía en 1943 que se incrementaran aún más los poderes policiales para así conseguir una realización mas pronta y eficaz de las finalidades políticas del nazismo.

Para mayor informacion lea.

La Rosa Blanca

https://mundosgm.com/smf/index.php?topic=640.0

Claus von Stauffenberg

https://mundosgm.com/smf/index.php?topic=2111.15

Zhukov

11-01-2008

Justicia Nazi II

**Im Namen des Deutschen Volkes

En nombre del Pueblo Alemán**

Origen

Hitler no hizo más que tomar el poder (a través del voto del pueblo alemán), en enero de 1933, y fue demoliendo paso a paso todo vestigio del Estado de derecho, que comenzó a pocos días de asumir con la prohibición de todo periódico o acto público que atacara al nuevo Estado (4 de febrero de 1933);

la disolución del Poder Legislativo (28 de febrero de 1933);

el establecimiento de un sistema de partido único (14 de julio de 1933),

la supresión de toda autonomía de los estados federados (enero de 1934)

y la virtual anulación del Poder Judicial a lo largo de todo ese tiempo

Demoledor para el sistema de justicia heredado de Weimar fue la creación del “Tribunal del Pueblo”, una especie de Justicia paralela que se regía con total arbitrariedad y que en pocos años desplazó a los juzgados penales de casi toda su esfera de actuación.

Estos “Tribunales del pueblo” se diseminaron por todas las ciudades alemanas y se convirtieron en otro órgano estatal por medio del cual el Nazismo proclamaba sus consignas y multiplicaba el terror en la población

.

De modo que a los pocos años de haber asumido el control del país, la única fuente de poder estatal emanaba de la persona del Führer.

Hans Frank, el principal jurista del Tercer Reich de la preguerra, sostenía que la ley constitucional no era más que la formulación jurídica de la voluntad histórica del Führer, por lo que éste era el nuevo “legislador originario” al cual se debía obedecer sin cuestionamientos según el esquema positivista.

Según el biógrafo, Ian Kershaw, “no sólo un alto representante nazi como Hans Frank formuló esta idea, también las autoridades más destacadas de la teoría del derecho en Alemania intentaron con gran esfuerzo cuadrar el círculo mediante la fundamentación lógica, en términos legales, de la autoridad de Hitler.

El principal experto en Derecho Constitucional, Ernst Rudolf Huber, por ejemplo, se refirió a la ley como ‘nada más que la expresión del orden comunal en que vive el pueblo y que proviene del Führer’ […] Estas interpretaciones de teóricos del derecho de reconocido prestigio fueron de un valor incalculable para legitimar una forma de dominación que socavaba el Estado de derecho a favor de un ejercicio arbitrario de la voluntad política”

En el mismo sentido, otro prestigioso constitucionalista del Tercer Reich, Theodor Maunz, afirmaba en 1943 que “las órdenes del Führer son el centro indiscutible del presente sistema jurídico”

A pesar de tales esfuerzos, Hitler desde siempre odió a los juristas.

Ya en 1933 se dirigió éstos advirtiéndoles que “el Estado total no debe conocer diferencia alguna entre la ley y la ética”, y que llegaría el día en que esta identidad iba a convertir en innecesaria a la primera,

Llegó a decir que se acercaba el día en que Alemania se viera librada de una vez por todas, y así la Ley, encarnada en la palabra del Führer, fluiría sin interferencias hacia su pueblo.

En otra oportunidad, sostuvo que “todo jurista era retrasado por naturaleza”.

Sostenía que el derecho era un concepto artificial que establecía categorías y reglas, y por lo tanto, representaba una restricción inaceptable.

Por muy severo que fuera, nunca sería capaz de reflejar totalmente ‘el sano sentimiento del pueblo’.

Fuentes:Francisco Muñoz Conde , Enzo Traverso,Daniel E. Rafecas

Zhukov

14-01-2008

Justicia Nazi III

**Im Namen des Deutschen Volkes

En nombre del Pueblo Alemán**

Hans Frank ( 23 de mayo 1900 - 16 de octubre 1946)

Fue un abogado para el Partido Nazi durante los años 20 y un alto funcionario en la Alemania nazi.

Debido a su nombramiento como Gobernador General de Polonia ocupadada por los nazis , lo procesaron durante los Juicios de Nuremberg por su papel en perpetrar el Holocausto, se le encontró culpable de complicidad en el asesinato de millones de personas por esto, es ejecutado el 16 de octubre de 1946.

Trayectoria 

Frank nació en Karlsruhe y se alistó en el ejército alemán en 1917. Se desempeño como muchos otros líderes nazis en los Freikorps y se inscribió en el Partido Obrero Alemán (nazi) en 1919, haciendose después miembro de NSDAP en 1927.

Estudió leyes, aprobando el examen final del estado en 1926, y se preparó para ser el asesor jurídico personal de Hitler. Lo eligieron al Reichstag (Parlamento Alemán) en 1930, y en 1933 le hicieron Ministro de Justicia para Baviera.

También fue el jefe de la Asociación Nacional Socialista de Abogados y Presidente de la Academia de leyes alemana a partir de 1933.

Dio el visto bueno a las matanzas extrajudiciales, en Dachau y durante la Noche de los Cuchillos Largos.

A partir de 1934, él era Ministro del Reich sin cartera.

En septiembre de 1939 fue asignado como Jefe de la administración a Gerd von Rundstedt en el gobierno general. Lo que sigue después es la división de Polonia, y vía libre para ser el Gobernador-General de los territorios polacos ocupados (le fue dado el grado de für de Generalgouverneur besetzten polnischen Gebiete), que es jefe del gobierno general que controla esas áreas de Polonia que no habían sido incorporadas directamente a Alemania.

Se le concedió el grado de SS-Obergruppenführer. Supervisó la segregación de los judíos en los ghetto y el uso de civiles polacos como trabajadores esclavos.

En 1942 perdió sus posiciones de autoridad fuera del gobierno general después de Hitler se molestara con una serie de discursos en Berlín, Viena, Heidelberg, y Munich y también como parte de una lucha con Friedrich Wilhelm Krüger, de la secretaria para la seguridad ,jefe del estado de los SS y policía en el gobierno general. Pero Krüger fue sustituido en última instancia, con Wilhelm Koppe.

Se le demandó más adelante la exterminación de judíos que fue controlada enteramente por Heinrich Himmler y los SS, era inconsciente de los campos de exterminación en el gobierno general hasta que supo de esto en 1944.

[youtube=425,350]GD8XuU2g8bE[/youtube]

Juicios de Nuremberg

Durante su testimonio en Nuremberg, dijo que presento peticiones de dimisión a Hitler en catorce ocasiones pero Hitler no permitiría que él dimitiera.

Huyó del gobierno general en enero de 1945, antes que llegara el Ejército Rojo.

Frank es capturado por tropas americanas cerca de Berchtesgaden el 4 de mayo de 1945 fue enviado al tribunal militar internacional en Nuremberg en noviembre de1945.

Durante el ensayo él renovó su práctica de niñez hacia el Catolicismo, entregó voluntariamente sobre cuarenta volúmenes de sus diarios personales a los aliados, que entonces fueron utilizados contra él como evidencia de su culpabilidad.

Lo encontraron culpable de crímenes de la guerra y los crímenes contra humanidad y el 1 de octubre de 1946, se le condenó a muerte.

El periodista Howard K. Smith escribió de su ejecución: La carta de Frank era siguiente, en el desfile de la muerte. Él era el único condenado con una sonrisa en su cara.

Aunque esta nervioso y tragando con frecuencia, este hombre, que fue convertido al catolicismo romano después de su detención y antes de ser ejecutado, él contestó en una voz baja que casi era un susurro, "Yo estoy agradecido por el tratamiento bueno durante mi cautiverio y pido que Dios me acepte con misericordia."

Zhukov

14-01-2008

Justicia Nazi IV

**Im Namen des Deutschen Volkes

En nombre del Pueblo Alemán**

Derecho penal y poder punitivo

El Régimen nazi emitía una tras otra, leyes de contenido penal, que fueron utilizadas por la enorme burocracia estatal, pero especialmente por las agencias policiales, para llevar adelante aquel incesante proceso de compresión de libertades y demás derechos que derivó en el Holocausto, en sus seis etapas: definición, expropiación, concentración (o guetoización), explotación, deportación y aniquilación, y que apuntaron también a mantener un rígido control sobre la población en general.

Estas ampliaban poder de los aparatos represivos como la Gestapo o la Kripo y asfixiaban los espacios de libertades no sólo de las minorías perseguidas (que en 1943 prácticamente desaparecieron físicamente del territorio alemán) sino de todos los habitantes: por ejemplo, en Alemania, el número de delitos punibles con la muerte ascendió de tres a cuarenta entre 1939 y 1945, lapso en el cual sólo los tribunales civiles alemanes impusieron alrededor de 15.000 penas de muerte

.

Entonces, por un lado se denostaba la labor de los técnicos jurídicos, pero al mismo tiempo su aporte a la maquinaria de sometimiento y destrucción era imprescindible.

Dicho de otro modo, solo fueron desplazados los juristas que intentaron limitar el avance del totalitarismo, no así aquellos otros que –como Edmund Mezger- se acomodaron a los nuevos vientos que soplaban desde el poder y se dedicaron a legitimar con discursos legalistas todo lo que se le ocurría a la dirigencia nazi: estos fueron mantenidos en sus círculos de actuación y hasta promovidos de acuerdo al grado de fanatismo puesto de manifiesto en su quehacer.

La distinción entre Derecho penal y poder punitivo era que : los primeros eran los defensores del Derecho penal en su acepción moderna; los segundos, burócratas impulsores del avance del poder punitivo estatal.

El sistema penal nazi.

Tan temprano como en 1933, merced a los “juristas” del Régimen favorables a la expansión del poder estatal, se sancionó la “Ley sobre el delincuente habitual”, la primera importante reforma del Código Penal, que proporcionó la primera población para los recién instalados campos de concentración.

Ese mismo año, la “cláusula aria” de la “Ley del Servicio Civil” obligó a la expulsión de jueces, abogados y profesores universitarios judíos de sus actividades.

A ellas le siguió en junio de 1935, la reforma al Código Penal alemán en la que trabajó Mezger, que introdujo la analogía en perjuicio del acusado, cuando “el sano sentimiento del pueblo alemán” así lo exigiese, o la castración como posible respuesta punitiva frente a algunos delitos sexuales (Mezger años después sería de la opinión de ampliar este tipo de medida “a las personas con tendencias a la deshonestidad homosexual”).

Y meses después se dieron a conocer las tristemente célebres leyes racistas de Nüremberg, elaboradas por abogados del Ministerio del Interior, que apuntaban a marginar a los judíos de la sociedad a través de la prohibición, bajo severas penas, de por ej. matrimonios mixtos o relaciones sexuales entre personas judías y alemanas, normas que al ser pasadas por la lente de la analogía llevaron a que “las cortes juzgaran que el intercambio sexual no tenía porqué llegar a consumarse para desatar las previsiones criminales de la ley: bastaba la gratificación sexual de una de las personas en presencia de la otra. Tocando, o hasta mirando podía ser suficiente. El razonamiento en estos casos era que la ley protegía no sólo la sangre sino también el honor, y un alemán, específicamente una mujer alemana, era deshonrada si un judío se le aproximaba o la provocaba sexualmente de cualquier manera” .

En aquel entonces, además, se elaboró un proyecto de código penal basado en la mera intención de cometer un delito, pero finalmente no prosperó pues hasta ese esquema parecía restringir las exigencias del Régimen .

Otro avance en ese sentido fue la entrada en vigor de un “código penal especial de guerra” en septiembre de 1939, aplicable también a civiles, por el cual entre otras cosas, se decretaba la pena de muerte para cualquiera que “intentase desmoralizar a las fuerzas armadas”, asimilable a quien ponía en duda la eficiencia de los líderes o de alguna de sus medidas.

¿Hubo oposición en aquellos años?,imposible.

Para entonces ya se habían desmantelado todos los controles del poder estatal que quedaban de la República de Weimar, y más específicamente en lo que hacía al sistema penal, los juristas liberales habían sido expulsados de sus cátedras; los abogados progresistas, perseguidos y recluidos en los Lager como si fueran opositores ideológicos al Régimen; por fin, los jueces penales, sometidos cada vez más a una creciente presión desde el poder político, a tal punto que llegó un momento en que no existían magistrados que no fueran al mismo tiempo fanáticos nazis: los otros –a los que hoy en día se les asignaría el mote de “garantistas”-, los que de vez en cuando absolvían a un pobre infeliz que osó mostrar simpatía con un judío, o que imponían penas consideradas leves por “corrupción racial” -que movieron a protestas del Partido Nazi y de la Gestapo en 1936 -, fueron paulatinamente desplazados de sus cargos.

Lo que impresiona no es ya su dureza o crueldad, con ser tanta, sino la fundamentación que dan a las mismas jueces profesionales que aplican todo el rigor dogmático y las reglas tradicionales para determinar conceptos como el de ‘acción deshonesta’, ‘ultraje a la raza’ o ‘la pena adecuada a la culpabilidad’”

Es más: en algunos casos en que se advertía que una condena no era lo suficientemente severa, o bien, que un Tribunal penal demoraba más de la cuenta en ajusticiar a un acusado, la Gestapo, merced a un Decreto secreto de 1937, tomaba el caso en sus manos, retiraba al sujeto de su celda, convocaba al público y lo pasaba por las armas, o en el mejor de los casos, lo recluía por tiempo indeterminado en los campos destinados al efecto: Dachau, Buchenwald, Ravensbruck, Flossenburg, donde eran empleados como mano de obra esclava hasta su muerte.

Quedaron registradas las quejas de los Jueces, no por la barbarie de la agencia policial o por la imposición de la pena de muerte de un sujeto sin juicio previo, sino simplemente preocupados por la pérdida de imagen de la corporación judicial frente a la comunidad.

Por ejemplo, un Magistrado del Tribunal de Hesse, a raíz de un caso acaecido en 1942, se lamentó de que “la Gestapo con su linchamiento se dedicaba a socavar lo poco que quedaba del sistema judicial”. Himmler le contestó que seguramente el tribunal habría absuelto a la acusada (polaca) por padecer indicios de locura, y que “la comunidad del pueblo exige la eliminación de ese tipo de parásitos, independientemente de que exista o no una culpabilidad subjetiva desde el punto de vista jurídico. No puedo admitir que esas criaturas inferiores que son los polacos se libren del castigo gracias a cualquier sofistería jurídica”.

Ministro de Justicia Georg Thierack

Hans Frank, escribió en su diario el 1° de septiembre de 1942, que Hitler había decidido adoptar un nuevo rumbo conducente a la total destrucción de la seguridad jurídica y a la más absoluta arbitrariedad policial .

En este contexto, ni siquiera se salvó de la exigencia de total fidelidad al Régimen totalitario el Ministro de Justicia, Franz Schlegelberger, relevado en agosto de 1942 por no ser lo suficientemente fanático en la persecución de los jueces de “mano blanda” (que llegaron a ser todos aquellos que simplemente no imponían en todos los casos la pena de muerte).

En efecto, fue reemplazado por el burócrata nazi Georg Thierack, quien había dado sobradas muestras de ciego fanatismo hacia las directivas de Hitler .

Un Ministro de “Justicia” que como primera medida le entregó a las SS a los detenidos en prisión preventiva que hasta ese momento estaban a disposición de los tribunales penales en todo el Reich, para que sean enviados a los campos de concentración como mano de obra esclava: así, más de 20.000 presos de ambos sexos pasaron a manos policiales. Dos tercios de ellos, como mínimo, estaban muertos al año siguiente .

Un Ministro de “Justicia” que en una reunión con las máximas autoridades judiciales un mes después de asumir, las instó a que se esforzaran “por dictar sentencias más severas y pronunciar más condenas a muerte” .

Un Ministro de “Justicia” que en enero de 1943 fue en visita oficial a Auschwitz. A su término, el Comandante del campo Rudolf Höss le obsequió un álbum de fotografías y una esquela en donde le expresaba al Ministro su anhelo de que haya disfrutado la visita.

La ley por la fuerza

En Alemania a partir de 1940, en las esferas de actuación de la policía secreta, comenzaron a ser masivas las ejecuciones sumarias realizadas en el mismo lugar de los hechos por parte de miembros de la Gestapo.

El clamor popular, la delación o el simple rumor era suficiente para el fusilamiento o la horca de cualquier persona en forma inmediata.

Está claro entonces que la cuestión terminó en “una capitulación total de los elementos del sistema judicial a favor de las exigencias del poder ejecutivo policiaco” y que en definitiva, alrededor de 1942, se impuso también en la propia Alemania lo que desde varios años antes imperaba en el resto del Tercer Reich: la sustitución de la ley por la fuerza.

Esta situación de “justicia policial”, como le gustaba definirla al Reichsführer Heinrich Himmler, líder de las SS, era la reivindicación y el destino final del deseo de Hitler de borrar todo vestigio de Derecho penal, esto es, de garantías procesales o penales.

En este momento, cuando promediaba la guerra, y las cámaras de gas funcionaban a pleno (sólo en 1942 fueron asesinados 2.700.000 judíos –, fue un momento de gran aproximación al modelo totalitario como concepto ideal, por supuesto inalcanzable dado que presupone el control social total y absoluto y la eliminación de toda la sociedad civil, al crear uno tras otro, nuevos enemigos del Estado que mantengan activos los resortes de la represión.

Dicho de otro modo, fue un momento de gran expansión del poder punitivo, que se destacó por su necesaria contrapartida, la virtual desaparición del Derecho penal limitador y lo que éste presupone, el Estado de Derecho.

Fuentes:Francisco Muñoz Conde , Enzo Traverso,Daniel E. Rafecas

Zhukov

18-01-2008

Justicia Nazi V Final

**Im Namen des Deutschen Volkes

En nombre del Pueblo Alemán**

[color=red]*“El profesor Mezger, uno de los más conocidos penalistas del presente y destacado especialista en biología criminal, viene colaborando desde hace años con esta oficina de policía del Reich.

Recientemente, el Profesor Mezger me ha pedido que se le suministre de vez en cuando un cierto material sobre delincuentes y similares, lo que naturalmente se le ha concedio.

En esta ocasión el Profesor Mezger me expresa su deseo de examinar directamente cierto tipos de sujetos que se encuentran internados en los campos de concentración -principalmente en Dachau-... Mucho le agradecería se le permitiera realizar las visitas por él solicitadas”.*[/color]

De una nota enviada por el Jefe de la Oficina Principal de Seguridad del Reich al Jefe de Grupo de las SS Glücks,

Edmund Mezger

La vida de Edmund Mezger  es la de un prominente académico del Derecho penal que, de buenas a primeras, para la época de la llegada del Nacionalsocialismo al poder, abandona el discurso jurídico penal , cruza el campus en la Universidad de Munich que separa su gabinete de jurista del laboratorio de biología criminal, y abraza ardorosamente un discurso pseudo científico basado en el neodarwinismo y en el positivismo criminológico, que resultará la piedra fundamental para la construcción del discurso racial que legitimará la eliminación física de millones de personas en las cámaras de gas en homenaje a la preservación de la raza superior y de su “derecho” a un espacio vital (Lebensraum) para su pleno desarrollo .

Afiliado al Partido Nazi, designado asesor oficial del Ministerio de Justicia y Decano de la Universidad de Munich hacia fines de la guerra, Mezger, junto con otro jurista igualmente devenido en biólogo criminal, Franz Exner, se convertirán en proveedores del discurso criminológico del Régimen, y así se mantendrían hasta el amargo final (inclusive después, Exner sería el abogado defensor de Alfred Jodl en el juicio de Nüremberg).

Elementos Nocivos.

La asombrosa capacidad de adaptación de Mezger frente a las nuevas demandas del poder fueron seguramente fomentadas por la prensa Nazi de aquellos años, especialmente en Munich, donde los medios masivos de comunicación estaban enormemente influenciados por la policía local, cuyos máximos jerarcas (Himmler, Heydrich, Müller) se convirtieron poco tiempo después en los dueños a nivel nacional de las SS, la RSHA y la Gestapo respectivamente.

Pues bien, en una investigación reciente se da cuenta acerca de que “la policía nazi (especialmente la Gestapo y la Kripo) empezaron a tomarse muy en serio su misión de limpieza de la ciudadanía de todos los ‘elementos nocivos’ o ‘degenerados’.

En ese sentido, asumió una serie de tareas de contenido racista, absolutamente desconocidas hasta entonces, pasándose al campo de la biología social” [exactamente lo que hizo Mezger] “ese cambio de planteamiento no sólo no se llevó a cabo entre bastidores ni se puso en práctica en secreto, sino que fue explicado hasta la saciedad en la prensa alemana con el fin de ganar apoyos para la dictadura”

.

La participación central de Mezger , es fundamental , en la puesta a punto, durante 1943 y 1944, del conocido proyecto de ley “de extraños a la comunidad”.

Una denominación tan amplia que prácticamente toda la población pasaba a ser considerada potencialmente enemiga del Régimen y susceptible de ser enviada sin más a un campo de concentración, del cual a esa altura de los acontecimientos, era muy difícil salir con vida.

Se trataba de darle aún más poder a la Gestapo y a las SS, que ya se estaba quedando sin “enemigos evidentes” y necesitaba por ende ampliar la definición de enemigo a todo aquel que por cualquier razón podía ser considerado “extraño” al sentir y actuar de la comunidad alemana: entre los que clasifica Mezger, están el refractario al trabajo, el perdedor, el poseedor de un mal carácter, etc.

La agencia policial “invadió cada vez más aspectos de la vida social y privada, y el nuevo sistema se dedicó con todas sus fuerzas a erradicar o a marginar a una serie de colectivos de la población cada vez más amplios que no querían o no podían adaptarse […].

Una propuesta de ley sobre los individuos ‘extraños a la comunidad’ colocaba en el punto de mira a todos aquellos que mostraran (entre otras cosas) ‘defectos anormales de inteligencia o de carácter’ y que, en consecuencia, se viera que eran ‘incapaces de cumplir con los requisitos mínimos de la comunidad del pueblo’ […] en un momento determinado de la guerra, dos profesores universitarios* calcularon que sería preciso eliminar al menos a un millón de ciudadanos alemanes –enviándolos a campos de concentración o ejecutándolos directamente- para librar al estado de todas las formas de desviación social”.

Todos los autores coinciden en que sólo el virtual derrumbe de los circuitos burocráticos producto de los incesantes bombardeos sobre Berlín impidieron que la iniciativa se concretase.

Para aquel entonces, era imposible que Mezger no supiese lo que estaba pasando. Por el contrario, recientes investigaciones demuestran que todos los medios de prensa alemanes, y especialmente los órganos del partido (por ejemplo el diario oficial de las SS, de amplia circulación), mostraban a la opinión pública con lujo de detalles todas las condenas y ejecuciones sumarias decididas y ejecutadas por la policía con la intención de desalentar a los potenciales imitadores y para demostrar que aunque más no sea a través del terror, el Estado mantenía el control absoluto en el “frente interno.

Adolf Hitler , Juez Supremo del Reich

Además, los medios de prensa revelaban como hazañas las andanzas de Hitler como Juez Supremo del Reich (cargo en el que se auto designó en 1942), que de tanto en tanto se enteraba por los diarios de algún caso indignante u oprobioso “a los ojos de la comunidad” y daba la orden directa al Ministro de Justicia, de ejecutar al pobre sujeto en el acto, sin esperar la actuación del Tribunal del Pueblo o de la propia policía que lo mantenía en reclusión.

Por otra parte, en aquellos años eran masivos los rumores y testimonios presenciales que diseminaron –especialmente en los círculos nazis de las grandes ciudades- la certeza de lo que estaba pasando con los judíos en el este: como muy tarde a comienzos de 1943, ya eran conocidas no sólo las más tempranas atrocidades de los Einsatzgruppen , sino también la existencia de las cámaras de gas.

Este era el contexto de las últimas actividades comprobadas de Mezger. Su correspondencia con un alto jerarca de las SS pidiendo permiso para analizar “ciertos tipos de delincuente” en el cercano campo de concentración de Dachau, obviamente concedido, y especialmente su afán de ser aceptado en los círculos del poder nazi que trasuntan del detalle de obsequiarle un ejemplar de la última edición de su “Kriminalpolitik” recientemente editada, nos muestran a un nazi convencido y decidido a seguir en el camino de la destrucción hasta el final.

La actuación de Mezger a favor del Régimen nazi trascendió el ámbito propio de la penalidad, y varios historiadores, que desconocen los pormenores acerca de cuál fue su rol antes y después de la guerra, lo mencionan entre los penalistas que ayudaron a Hitler a lograr sus propósitos o hacen referencia a algunos de sus aportes fundamentales.

Un Catedratico Honorable.

¿Qué fue de Mezger una vez terminada la guerra?.

En esencia, volvió a su antigua calidad de académico, y reeditó como si nada hubiese pasado, sus viejas obras de Derecho penal.

Y como si su regreso no estuviese completo, en 1948 recuperó su cátedra en Munich (para lo cual volvió sobre sus pasos en aquel trayecto que había efectuado doce años antes por el campus universitario…) y en 1950 se retiró con el clásico libro homenaje al que contribuyeron casi todos sus colegas.

Conclusión.

Los acontecimientos que tuvieron lugar en Alemania entre 1933 y 1945 nos deben llamar a la reflexión sobre las concesiones parciales que se van realizando al Estado policial, como sacrificios aparentemente menores frente a reclamos muy bien orquestados desde los mass media y los sectores reaccionarios.

El Régimen hitleriano fue avanzando de este modo, manipuló a la opinión pública a partir de casos resonantes, apeló a la emoción y a los instintos atávicos de venganza para eliminar a los que ellos consideraban irrecuperables, a las razas enemigas, a los portadores de una “vida que no merece ser vivida”, para finalmente apuntar prácticamente a toda la población.

Fuentes:Francisco Muñoz Conde , Enzo Traverso,Daniel E. Rafecas .

gilfi

30-06-2010

Aunque algo tarde meenterado de este tema me permito felicitar al autor ya que es muy interesante y contiene datos que desconocia en absoluto y resulta muy interesante para mi ya que soy Abogado y funcionario judicial y conocer estas cosas es muy importante a los que amamos el Estado de derecho y luchamos de manera anonima dia a dia para que el mismo perdure y que situaciones como las referidas no se vuelvan a hacer parte de la realidad de  algun estado.-

al autor felicidades por tan interesante articulo

Saludos

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